Desde hace muchísimos años, los habitantes y vecinos de las comunidades, se unen y organizan para hacer valer sus deberes y exhortar en el cumplimiento de los deberes ciudadanos. Para ello, hacen uso de las figuras jurídicas, conocidas, antes como las Asociaciones de Vecinos, y ahora, como los Concejos Comunales.
Cabe destacar que, en cualquier de los dos casos, se trata de los órganos rectores de la organización comunitaria, que agrupa a los ciudadanos que habitan en una zona, área o sector específico. De hecho, cuentan con ciertas y determinadas atribuciones de ley, normas y reglamentos, aparte de estar amparadas por las leyes, como en el caso de la Ley Orgánica de las Comunas, que se promulgó en el año 2010.
Sin embargo, en el caso específico del Casco Central de mi pueblo (Villa de Cura, Aragua, Venezuela), se evidencia que dicho sector es sumamente amplio, y que el Concejo Comunal operante, no logra cubrir los intereses y necesidades de las personas que habitan en toda la periferia que se corresponde con la zona en consideración.
En una oportunidad -hace algún tiempo en el pasado- un grupo de vecinos del Casco Central tácito, propusieron que se dividiera el área en cuatro partes, y que en cada una de ellas, existiera un Concejo Comunal; pero resulta que, un dirigente comunitario, se opuso rotundamente y la propuesta no llegó a feliz término. Pero era altamente necesario hacerlo.
Años después se evidencia que sí era conveniente dividir al Casco Central de Villa de Cura, en cuatro partes, y ahora, con el asunto de la distribución de las Bolsas de Comida, por parte de los Comités Locales de Abastecimiento y Distribución (CLAP), propuestos por el Gobierno Bolivariano encabezado por Nicolás Maduro Moros.
En la actualidad, dividen el Casco Central en 4 cuadrantes, y solamente en el cuadrante 1, habitan más de 500 familias, que si las multiplicamos por tres o más miembros, calculen ustedes la magnitud demográfica de ese cuadrante nada más. En la misma línea, el Concejo Comunal no logra abarcar con sus acciones toda la jurisdicción central.
Es tiempo de retomar la propuesta de hacer la división en 4 partes, y que cada una tenga su Concejo Comunal; quedando estipulado así: Concejo Comunal del Centro -Cuadrante 1-, y así sucesivamente, hasta llegar al Cuadrante 4. Aseguro, que serán más los aspectos positivos, que los negativos.
He dicho...
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